ventas básicas por Internet

Su negocio puede estar entre las muchas empresas que aprovechan la tecnología cambiante para comercializar productos a través de Internet. A pesar de toda la publicidad que rodea al comercio por Internet, un hecho esencial que a menudo se pasa por alto es que no existe una exención fiscal general para las ventas de bienes personales tangibles (mercancías) realizadas a través de Internet (ventas por Internet). Esta publicación tiene la intención de ayudarlo a determinar si debe pagar los impuestos de ventas y uso de California en sus ventas por Internet.,

impuesto de ventas y uso de California

¿cuándo se aplica el impuesto de ventas?

una venta se produce en el estado donde la mercancía se encuentra físicamente en el momento en que se lleva a cabo la venta. El impuesto a las ventas de California se aplica a los minoristas y generalmente se aplica a sus ingresos brutos de las ventas minoristas de mercancías en el estado.

¿cuándo se aplica el impuesto de uso?

una venta generalmente tiene lugar fuera de California cuando la mercancía se entrega a un transportista común fuera del Estado para su envío al consumidor en California.

el impuesto de uso de California se aplica a los consumidores., Cuando no se aplica el impuesto sobre las ventas, el impuesto sobre el uso de California generalmente se aplica al precio de venta pagado por la compra de mercancía de un minorista para su almacenamiento, uso u otro consumo en el estado.

por lo tanto, el impuesto de uso de California generalmente se aplicará cuando haya una venta minorista de mercancía a un consumidor de California y la mercancía se entregue a un transportista común fuera del Estado para su envío al consumidor en California.,

requisitos del permiso del vendedor de California

generalmente, una persona que vende mercancía tangible en California y realiza tres o más ventas en un período de 12 meses debe tener un permiso del vendedor. Esto es cierto independientemente de si las ventas son al por menor o para reventa. Cuando usted participa activamente en la venta de mercancías en California, incluso temporalmente, se le requiere que se registre para obtener un permiso de vendedor en el Departamento de administración de impuestos y tarifas de California (CDTFA), e informe y pague impuestos al CDTFA.,

para obtener más información, consulte la publicación 107, ¿necesita un permiso de vendedor de California?

certificado de Registro—requisitos del impuesto de uso

un minorista que se dedica a negocios en este estado vendiendo mercancía tangible a clientes para su almacenamiento, uso u otro consumo en California debe registrarse con el CDTFA para obtener un certificado de registro—impuesto de uso, cobrar el impuesto de uso de sus clientes de California y pagar el impuesto de uso al CDTFA.,(esté o no relacionado con sus actividades de ventas); o

  • Tiene personas que operan en California bajo su autoridad con el propósito de vender, entregar, instalar, ensamblar o recibir pedidos de mercancía tangible; o
  • deriva alquileres de un arrendamiento de mercancía tangible (incluidos vehículos, embarcaciones y aeronaves) ubicada en California; o
  • A partir del 1 de abril de 2019, tiene ventas totales combinadas de mercancía tangible para entrega en California por parte del minorista y todas las personas relacionadas con el minorista que excedan el año civil anterior o en curso.,
  • para obtener más información, consulte la regulación 1684, recaudación del impuesto de uso por minoristas, publicación 77, vendedores fuera del Estado: ¿necesita registrarse en California?, y nuestra guía en línea utiliza los requisitos de recaudación de impuestos para los minoristas de fuera del Estado.

    ventas por Internet

    las ventas por Internet se tratan igual que las ventas realizadas en tiendas minoristas, por representantes de ventas, por teléfono o por correo., Por lo tanto, sus ventas minoristas por Internet que tienen lugar en California, o son para entrega en California, generalmente están sujetas al impuesto de ventas o uso de California, a menos que se aplique una exención o exclusión específica (consulte la pestaña Ventas no sujetas a impuestos).

    ¿quién es responsable de recaudar y pagar impuestos sobre las ventas por Internet?

    si vende mercancía activamente en California o es un minorista dedicado a negocios en California, usted es responsable de recaudar y pagar impuestos sobre sus ventas por Internet., Estas incluyen las ventas que realiza a través de plataformas de compras por Internet, sitios de subastas por Internet y su propio sitio web (consulte las secciones Requisitos de permiso del vendedor de California y certificado de Registro—requisitos de impuestos de uso).

    esta responsabilidad existe a menos que una venta por Internet se realice a través de un mercado y un facilitador del mercado, como se define en la Ley del Facilitador del mercado, es el vendedor y minorista responsable de pagar o recaudar impuestos sobre esa venta., Para obtener más información sobre quién es responsable del impuesto sobre las ventas facilitado a través de un mercado, consulte la pestaña Mercados En línea y centros de cumplimiento.

    ¿Cuál es la tasa de impuesto de uso?

    la tasa del impuesto sobre el uso es la misma que la tasa del impuesto sobre las ventas para cualquier ubicación de California; consulte las tasas del Impuesto Sobre Las Ventas y el uso de la ciudad y el Condado de California. Las transacciones que están exentas del impuesto sobre las ventas generalmente están exentas del impuesto sobre el uso.,

    sitios de subastas en Internet

    los sitios de subastas en Internet generalmente proporcionan un sitio en línea donde los vendedores pueden listar su mercancía para la venta, buscar ofertas estilo subasta, aceptar ofertas u otras ofertas para comprar su mercancía, y organizar el envío de su mercancía a los compradores más altos. Los propietarios de sitios de subastas en Internet no son generalmente subastadores que son minoristas bajo el Reglamento 1565, subastadores.

    ¿Quién fue considerado el minorista antes del 1 de octubre de 2019?,

    antes del 1 de octubre de 2019, si estaba realizando ventas minoristas de mercancía tangible a través de un sitio de subastas en Internet, generalmente se le consideraba el minorista de esas ventas. Esto era cierto si usted cobraba pagos de los compradores, o un tercero cobraba pagos en su nombre. Además, si usted estaba registrado o tenía que estar registrado para un permiso del vendedor o certificado de registro—impuesto de uso, entonces usted estaba obligado a pagar o cobrar y pagar impuestos sobre sus ventas al por menor a los clientes de California a través de un sitio de subastas en Internet.,

    ¿quién se considera el minorista después del 1 de octubre de 2019?

    a partir del 1 de octubre de 2019, una persona que cumpla con los criterios para ser un facilitador del mercado y celebre un acuerdo para facilitar sus ventas de mercancía tangible a través de un mercado, como un sitio de subastas en Internet, puede ser el minorista. Como tal, el facilitador del mercado está obligado a cobrar y pagar el impuesto sobre sus ventas minoristas de mercancías facilitadas a través de su mercado.,

    debe comunicarse con la persona que opera el sitio de subastas en Internet donde vende mercancía tangible para determinar si es un facilitador del mercado y es responsable del impuesto sobre sus ventas realizadas a través de su sitio de subastas en Internet. Para obtener más información sobre quién es responsable del impuesto sobre las ventas facilitado a través de un mercado, consulte la pestaña Mercados En línea y centros de cumplimiento.

    requisitos de recaudación de impuestos del Distrito

    los impuestos del distrito son transacciones (ventas) aprobadas por los votantes e impuestos de uso impuestos por ciudades, condados y otras jurisdicciones locales., La tasa base del impuesto sobre las ventas y el uso en todo el estado es actualmente del 7.25 por ciento. Sin embargo, las tasas totales de impuestos sobre las ventas y el uso son más altas en las áreas donde se imponen impuestos de Distrito. En estas áreas, la tasa impositiva total incluye la tasa impositiva estatal más los impuestos del Distrito aplicables.

    impuesto de ventas del Distrito

    Los impuestos de ventas del distrito se aplican a los minoristas. Si hace que las ventas minoristas en California estén sujetas al impuesto estatal sobre las ventas desde un lugar de negocios ubicado en un distrito fiscal, el impuesto sobre las ventas de ese distrito generalmente se debe a sus ventas minoristas de mercancía., Sin embargo, el impuesto de ventas de ese distrito no se aplica si sus ventas minoristas son para entrega fuera del distrito donde se encuentra su lugar de negocios.

    impuesto de uso del Distrito

    impuesto de uso del distrito se aplica a los consumidores. Cuando el impuesto de ventas del distrito no se aplica, los impuestos de uso del distrito se imponen sobre el precio de la mercancía comprada a un minorista para su almacenamiento, uso u otro consumo en un distrito fiscal., Si usted es un minorista, incluyendo un vendedor de Internet, y está» involucrado en negocios en un distrito » imponiendo un impuesto del Distrito, usted es responsable de cobrar el impuesto de uso del distrito de su cliente e informar y pagarlo al CDTFA sobre sus ventas de mercancía tangible para su entrega en el distrito.

    ¿quién se dedica a los negocios de un distrito?, O

  • recibe pagos de alquiler de los arrendamientos de mercancías tangibles ubicados en el distrito, como arrendamientos de maquinaria, equipo y muebles; o
  • Posee o arrienda mercancías reales o tangibles en el distrito, como maquinaria, equipo, muebles o un servidor de computadora; o
  • vende o arrienda vehículos o embarcaciones indocumentadas que estarán registradas en un distrito; o
  • Tiene ventas totales combinadas de mercancías tangibles en California o para entrega en California por usted y todas las personas relacionadas con usted que excedan $500.000 en el año civil anterior o actual.,
  • a partir del 25 de abril de 2019, cualquier minorista que deba registrarse en la CDTFA, ya sea ubicado dentro o fuera de California, que cumpla con el umbral de 5 500,000, está involucrado en negocios en todos los distritos de California, tengan o no presencia física en esos distritos. Como tal, estos minoristas están obligados a recaudar el impuesto de uso del distrito en sus ventas imponibles hechas para la entrega en los distritos que imponen un impuesto de Distrito. Los minoristas que no cumplen con el umbral de 5 500,000 todavía están involucrados en negocios en cualquier Distrito(s) en el que tengan una presencia física.,

    ¿quién no está obligado a cobrar el impuesto de uso del Distrito?

    generalmente, usted no está obligado a cobrar el impuesto de uso del Distrito si realiza ventas para su envío por un transportista común a un distrito de impuestos y usted no está involucrado en negocios en el distrito, pero, su cliente sigue siendo responsable del impuesto de uso del Distrito. Como cortesía a su cliente, usted puede optar por cobrar el impuesto de uso del distrito de ellos. Si lo hace, debe aparecer en la factura del cliente y debe reportarlo en su devolución al CDTFA.,

    para obtener más información, consulte la publicación 44, impuestos del Distrito (impuestos sobre las ventas y el uso) y las guías en línea, Use los requisitos de recaudación de impuestos basados en las ventas a California debido a la decisión de Wayfair y la Guía de impuestos locales y del Distrito para minoristas.

    colección de cortesía del impuesto de uso

    Los consumidores de California son responsables de pagar el impuesto de uso estatal, local y del distrito en las compras de minoristas que no recaudan el impuesto., Si no está obligado a registrarse en el CDTFA, puede optar por registrarse voluntariamente en el CDTFA para obtener un certificado de registro—impuesto de uso para recaudar y pagar el impuesto de uso como cortesía a sus clientes de California. Si posee dicho certificado, se le pedirá que recaude y pague impuestos de los compradores de la misma manera que los minoristas que realizan negocios en este estado. Su obligación de pagar impuestos continuará hasta que cierre su certificado de registro—impuesto de uso.,

    cargos de envío y entrega

    el impuesto no se aplica a los cargos indicados por separado para la entrega de la propiedad desde el lugar de negocios del minorista u otro punto desde el cual el envío se realiza directamente al comprador, siempre que la entrega no sea por las instalaciones del minorista (por ejemplo, por correo de los Estados Unidos, contratista independiente o transportista común). La exclusión de los cargos de entrega y envío solo se aplica al costo del transporte al minorista y la parte de un cargo de envío o entrega que es mayor que el costo de entrega real, es gravable.,

    además, los cargos de manejo son por un servicio relacionado con la venta y están sujetos a impuestos cuando están relacionados con una venta imponible. Consulte la publicación 100, gastos de envío y entrega.

    registro

    Si actualmente no está registrado en el CDTFA, puede registrarse con nosotros en línea.

    desde nuestro portal de servicios en línea para contribuyentes, desplácese hacia abajo hasta Registro, seleccione Registrar una nueva actividad comercial o ubicación y siga las indicaciones.

    Nota: Esta publicación resume la ley y las regulaciones aplicables en vigor cuando se redactó la publicación, como se señaló anteriormente., Sin embargo, pueden haberse producido cambios en la ley o en los reglamentos desde ese momento. Si existe un conflicto entre el texto de esta publicación y la ley, las decisiones se basarán en la ley y no en esta publicación.