antes de la implementación de una ley de Florida que requiere que las imágenes de los Registros Oficiales del Condado se publiquen en Internet para el 2006, el Secretario (o Contralor) fue instrumental en ayudar a la Legislatura en el desarrollo de medidas para proteger los tipos más sensibles de información que pertenece al público.,aw, CS/HB 1679 establece que las imágenes de los siguientes tipos de documentos no se pueden colocar en un «sitio web de Internet disponible públicamente»:

  • baja Militar
  • certificados de defunción
  • archivos judiciales, registros de papel relacionados con asuntos o casos regidos por
  • Las reglas de derecho de familia de Florida
  • Las reglas de Procedimiento Juvenil de Florida
  • Las reglas de «puede solicitar que el Secretario de la corte/Contralor o condiscorder retire una imagen de uno de los documentos mencionados anteriormente de un» sitio web de Internet disponible públicamente.,»Esta solicitud deberá hacerse por escrito y podrá entregarse en persona, por correo, por vía electrónica o por facsímil. La solicitud debe especificar el «libro de identificación y número de página» del documento a eliminar. Los formularios están disponibles en nuestra oficina, previa solicitud, para ayudarlo. Los formularios también se pueden descargar desde aquí.

    no se cobra ninguna tarifa por este servicio.

    La Ley de la Florida requiere que las imágenes y copias de los documentos mencionados anteriormente permanezcan archivadas y disponibles para el público a solicitud en la oficina del Secretario/registrador del Condado.

    Donald C., Spencer
    secretario del Tribunal de circuito
    Condado de Santa Rosa, Florida
    División de Registros Oficiales
    P. O Box 472
    Milton, FL 32572
    Teléfono: 850-983-1966
    Fax: 850-983-1991
    correo electrónico: [email protected]

    aviso inmediato

    «cualquier persona que prepare o llene un documento de la corte no debe incluir un número de seguro social o un número completo de cuenta bancaria, débito, cargo o tarjeta de crédito en dicho documento, a menos que lo exija la ley o la regla de la corte, o sea necesario para la adjudicación del caso.,

    cualquier persona tiene derecho a solicitar que el Secretario del Tribunal de circuito elimine de una imagen o copia de un documento judicial un número de seguro social o complete el número de cuenta bancaria, débito, cargo o tarjeta de crédito contenido en un documento judicial. Dicha solicitud debe hacerse por escrito y entregarse por correo, fax, transmisión electrónica o en persona al Secretario del Tribunal de circuito. La solicitud debe especificar el número de caso, el título del documento, el libro de identificación y el número de página del documento que contiene el número que debe ser redactado., No se cobrará un cargo por la redacción de un número de seguro social o un número completo de cuenta bancaria, débito, cargo o tarjeta de crédito de conformidad con dicha solicitud.”